Esta información es meramente publicitaria y la ofrece BBVA Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.A. (BBVA Mediación). BBVA Mediación, sociedad de derecho español, con domicilio social en la calle Azul, n.º 4 (28050 Madrid) y con representación en Portugal en la Avenida da Liberdade, n.º 222, Lisboa, con NIF 980 638 364 e inscrita en la Autoridad de Supervisión de Seguros y Fondos de Pensiones (ASF) con el código OV-0060, conforme se puede comprobar en su página web, es la entidad responsable de la comercialización de las adhesiones individuales a los fondos de pensiones abiertos de BBVA, incluidos los planes de ahorro para la jubilación (PPR), para lo cual utiliza la red de distribución de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Sucursal en Portugal.
La entidad gestora de los fondos de pensiones abiertos es BBVA Fundos – Sociedade Gestora de Fundos de Pensões, S.A., con sede en la Avenida da Liberdade, n.º 222, Lisboa, inscrita en el Registro Mercantil de Lisboa con el número único de inscripción y de identificación fiscal 502 802 014, con capital social de 1.000.000 €, autorizada a tal efecto y sujeta a la supervisión de la ASF, donde está inscrita con el código 3816, según se puede comprobar en su web.
Los documentos informativos (DI) y los reglamentos de gestión están disponibles en cualquier oficina de BBVA, en https://www.bbvaassetmanagement.com/pt/, www.bbva.pt y www.asf.com.pt.
Esta comunicación no implica asesoramiento alguno ni supone una recomendación, a efectos de lo dispuesto en la normativa legal aplicable, ni constituye asesoría de naturaleza jurídica, fiscal o de cualquier otro tipo sobre ningún producto en particular, por lo que no exime de la consulta de la información precontratual y contractual exigida legalmente.
El valor de las unidades de participación varía en función de la evolución del valor de los activos que componen el patrimonio de los fondos de pensiones abiertos, incluidos los PPR, y no existe garantía ni de capital ni de rendimiento. El reembolso de PPR está sujeto a las condiciones legalmente previstas, pudiendo ser efectuado en todo momento, en los términos contractualmente establecidos, con las consecuencias fiscales previstas en el Estatuto de Beneficios Fiscales. Los fondos de pensiones abiertos no permiten el reembolso en cualquier momento, solamente en las condiciones previstas en la ley.