El régimen fiscal que se expone a continuación no representa la prestación del servicio asesoramiento fiscal y no puede interpretarse como tal.
La información no dispensa la consulta de la legislación vigente en cada momento ni constituye garantía de su no modificación hasta la fecha del reembolso. Este marco no obliga a las autoridades fiscales o judiciales y no garantiza que estas entidades no puedan adoptar posiciones contrarias. No dispensa a consulta delo artículo 21 del Estatuto de Beneficios Fiscales.
Planes Poupança Reforma BBVA
Fondos de pensiones abiertos BBVA
| Edad del participante | Inversión para deducción máxima | Deducción máxima en IRS (1) |
|---|---|---|
| Edad del participante
Menos de 35 años
|
Inversión para deducción máxima
2.000 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
400 €
|
| Edad del participante
De 35 a 50 años (incluidos)
|
Inversión para deducción máxima
1.750 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
350 €
|
| Edad del participante
Más de 50 años (2)
|
Inversión para deducción máxima
1.500 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
300 €
|
1) Existe devolución de este beneficio fiscal con un incremento del 10 % por cada año o fracción transcurrido:
- En las condiciones específicas de reembolso, cuando la antigüedad de las unidades se participación son menores de 5 años o se realizan fuera de las condiciones específicas de reembolso, independientemente de la antigüedad de las unidades, excepto en caso de fallecimiento del participante.
2) Las cantidades aplicadas por los contribuyentes después de la fecha de jubilación no son deducibles para la recaudación del IRS.
| Ingreso recaudable tras cociente familiar | Límite | Incremento del límite |
|---|---|---|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Hasta 8.342 € (inclusive)
|
Límite
Sin límite
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Incremento del límite
Unidades con 3 o más dependientes: 5 % por cada dependiente o ahijado civil que no sea sujeto pasivo de IRS
|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Desde 8.342 € hasta 80.000 € (inclusive)
|
Límite
1.000 € + [(2.500 € - 1.000 €) x [(80.000 € - Renta imponible) / 80.000 € - 8.059 €)]]
|
|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Superior 80.000 €
|
Límite
1.000 €
|
1. En las condiciones específicas de reembolso previstas en la ley
En caso de reembolso total o parcial PPR - reglas aplicables a los rendimientos de la categoría Y de IRS.
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas | Tasas efectivas de retención en origen |
|---|---|
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Hasta el 31-12-2005
|
Tasas efectivas de retención en origen
4 % (1)
|
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Desde el 01-01-2006 |
Tasas efectivas de retención en origen
8 % (2)
|
Tasa autónoma del 20 % sobre:
| % del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones | Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva |
||
|---|---|---|---|
| % del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
|
Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
< 5 años
|
Entre 5 y 8 años
|
> 8 años
|
| % del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
<35 %
|
Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
21,5 %
|
21,5 %
|
21,5 %
|
| % del valor de las suscripciones efectuadas durante la 1ª mitad del contrato, en relación con el valor total de las suscripciones
>=35%
|
Tasas aplicables a los ingresos (tasas efectivas) en función de los años de vigencia de la 1ª unidad de participación viva
21,5 %
|
17,2 %
|
8,6 %
|
Condiciones específicas de reembolso previstas en la Ley
* Participante o cónyuge, siendo el PPR un bien común del matrimonio.
| Edad del participante | Inversión para deducción máxima | Deducción máxima en IRS (1) |
|---|---|---|
| Edad del participante
Menos de 35 años
|
Inversión para deducción máxima
2.000 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
400 €
|
| Edad del participante
De 35 a 50 años (incluidos)
|
Inversión para deducción máxima
1.750 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
350 €
|
| Edad del participante
Más de 50 años (2)
|
Inversión para deducción máxima
1.500 €
|
Deducción máxima en IRS (1)
300 €
|
1) Los reembolsos de las cotizaciones de menos de 5 años de antigüedad tienen un aumento de los beneficios fiscales del 10% por cada año, excepto en caso de fallecimiento del participante.
2) Las cantidades aplicadas por los contribuyentes después de la fecha de jubilación no son deducibles para la recaudación del IRS.
| Ingreso recaudable tras cociente familiar | Límite | Incremento del límite |
|---|---|---|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Hasta 8.059 €
|
Límite
Sin límite
|
Incremento del límite
Unidades con 3 o más dependientes: 5 % por cada dependiente o ahijado civil que no sea sujeto pasivo de IRS
|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Desde 8.059 € hasta 83.696 € (inclusive)
|
Límite
1.000 € + [(2.500 € - 1.000 €) x [(80.000 € - Renta imponible) / 80.000 € - 8.059 €)]]
|
|
| Ingreso recaudable tras cociente familiar
Superior a 83.696 €
|
Límite
1.000 €
|
1. En las condiciones específicas de reembolso previstas en la ley
En caso de reembolso total o parcial FPA - reglas aplicables a los rendimientos de la categoría Y de IRS.
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas | Tasas efectivas de retención en origen |
|---|---|
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Hasta el 31-12-2005
|
Tasas efectivas de retención en origen
4 % (1)
|
| Ingresos pagados por las participaciones suscritas
Desde el 01-01-2006 |
Tasas efectivas de retención en origen
8 % (2)
|
* entendidos estos conceptos en los términos de la legislación aplicable a los productos y aplicable únicamente al participante.
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