Reembolso de los Planes de Ahorro para la Jubilación ("PPR") para el pago de cuotas de préstamos hipotecarios sobre propiedades destinadas a la residencia principal y permanente.

El rescate del valor neto de los planes de ahorro, exigible conforme al supuesto previsto en el apartado g) del artículo 4.º del Decreto-ley n.º 158/2002, de 2 de julio, se podrá destinar al pago de las cuotas de contratos de crédito con garantía hipotecaria sobre un inmueble destinado a vivienda propia y permanente del Participante.

Para estos efectos, se consideran cuotas de los contratos de crédito cubiertos las cuotas que adeuda el Partícipe como prestatario en el respectivo contrato, en proporción a su titularidad, en el caso de cotitularidad del contrato de crédito, salvo en los casos en que en virtud del régimen de bienes del matrimonio el PPR sea un bien común (cfr. Decreto 1453/2002, de 11 de noviembre).

Según la legislación vigente, el reembolso requerido para los pagos de cuotas de acuerdos de préstamos garantizados por una hipoteca sobre una propiedad destinada a la residencia principal y permanente del Participante solo puede verificarse cuando: (i) entregas para las que ya han transcurrido al menos cinco años y/o (ii) entregas para las que no han transcurrido cinco años, en los casos en que la primera unidad de participación activa del contrato ha estado en vigor durante más de cinco años y el monto de las entregas realizadas en la primera mitad del plazo del contrato representa al menos el 35% (treinta y cinco por ciento) del total de las entregas.

El importe a abonar será el importe neto del reembolso (a estos efectos, se entenderá por importe neto el importe neto después del impuesto sobre la renta y cualquier otro cargo aplicable), correspondiente al valor de la(s) cuota(s) del contrato de crédito en cuestión, y se procesará en la fecha de vencimiento de la misma.

Si el formulario se presenta después del día 20 (veinte) del mes en curso (o del siguiente día laborable), el reembolso efectivo se tramitará en el mes siguiente, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos para ello.

¿Cómo proceder al rescate de PPR por este motivo?

Para solicitar el rescate de PPR para utilizarlo para el pago de cuotas de contratos de crédito con garantía hipotecaria sobre un inmueble destinado a vivienda propia y permanente del Partícipe, al amparo del régimen legal de planes de ahorro para la jubilación (PPR, siglas en portugués), podrá hacerlo presencialmente en una oficina de BBVA o mediante un correo electrónico, siguiendo los siguientes pasos:

1. Rellenar el modelo de solicitud de rescate aplicable:

Podrá consultar al final de esta página las Preguntas frecuentes, donde podrá aclarar cualquier duda que le pueda surgir.

2. Deberá, antes de la entrega del formulario, obtener los siguientes documentos, cuando corresponda:

  • Certificado del Registro Civil que acredite que el PPR es un bien común de los cónyuges conforme al régimen económico matrimonial, en los casos de cotitularidad del contrato de crédito amparado; y/o
  • En caso de que el contrato de crédito no haya sido celebrado con BBVA, una declaración emitida por la otra institución de crédito con información sobre el contrato de crédito.

3. Entregar la solicitud de rescate presencialmente en una oficina de BBVA o por correo electrónico a resgateppr.pt@bbva.com.

Una vez recibida la solicitud de rescate, debidamente cubierta e instruida, se tramitará en los plazos legales y contractualmente establecidos.

Los productos planes-ahorro jubilación (PPR) incluidos en este régimen son:

  • BBVA Estratégia Capital, PPR
  • BBVA Estratégia Acumulação, PPR
  • BBVA Estratégia Investimento, PPR
  • BBVA Equilibrado ISR PPR
  • CVI PPR
  • M3 Capital PPR
  • M3 Acumulación PPR
  • M3 Investimento PPR
  • BBVA Obrigações 2025 PPR
  • BBVA Obrigações 2027 PPR

Información actualizada el 01/01/2025.

Preguntas frecuentes:

Para aclarar dudas y obtener más información contacte con la Línea BBVA +351 21 391 14 16* / 707 256 256** disponible de 7 h a 21 h y sábados de 9 h a 21 h, o a través de apoio.clientes@bbva.com.

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