Moratoria particulares y empresas borrasca «Kristin»

Respaldo extraordinario para nuestros clientes

Conozca las medidas excepcionales y provisionales adoptadas por el Gobierno para ayudar a familias y empresas afectadas por la borrasca «Kristin».

El Decreto Ley n.º 31-B/2026 establece las medidas excepcionales de protección a los créditos de familias, empresas, organizaciones de voluntarios y demás entidades de economía social, entidades titulares de explotaciones agrícolas y forestales, entidades titulares de derechos de propiedad, uso o administración de patrimonio cultural y demás entidades equiparadas según se indica más abajo.

La moratoria se aplica a las operaciones de crédito contratadas por clientes afectados por la borrasca «Kristin» de acuerdo con el ámbito geográfico indicado en la Lista actualizada de municipios en gov.pt.

El decreto entra en vigor el 6 de febrero y los beneficiarios elegibles podrán presentar solicitudes a partir de esa fecha, con efecto retroactivo a 28 de enero de 2026. 

Independientemente de la fecha de adhesión, la moratoria tiene una vigencia de 90 días, a partir del 28 de enero de 2026.

¿Quién puede beneficiarse?

Aquellos clientes con préstamos contratados antes del 28 de enero de 2026 y que se hayan visto afectados por la borrasca en los municipios incluidos en las resoluciones del Gobierno.

Se incluyen:

  • Particulares titulares de préstamos destinados a vivienda permanente en inmuebles ubicados en zonas donde se haya decretado el estado de calamidad o cuando el/los prestatario/s sea/n trabajador/es afectado/s por suspensión de empleo en empresas que tengan su sede o desarrollen su actividad en dichas zonas.
  • Empresas y otras entidades con actividades económicas en estos municipios.

Siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • No se encuentren, a 28 de enero de 2026, en mora o incumplimiento de pago de préstamos desde hace más de 90 días, ni estén en situación de insolvencia, suspensión o cesión de pagos, ni tengan procesos de ejecución con entidades de crédito; y
  • Estén al corriente, a 28 de enero de 2026, de sus obligaciones tributarias y contributivas ante la Autoridad Tributaria y Aduanera y la Seguridad Social.

¿Cómo funciona la moratoria?

La moratoria tiene una duración de 90 días, desde el 28 de enero de 2026 hasta el 28 de abril de 2026

Durante este período, podrá beneficiarse de las siguientes medidas:

  • Prórroga de préstamos con pago de capital al final del contrato - Los préstamos en los que el capital se paga al final del contrato se pueden prorrogar, mientras permanecen en vigor con todos sus elementos asociados, incluidos intereses y garantías
  • Suspensión total del pago de las cuotas de capital y/o intereses - En los préstamos con pago a plazos, podrá suspenderse el pago de capital e intereses hasta el 28 de abril de 2026.
  • Suspensión parcial del pago de las cuotas de capital y/o intereses.- Igualmente, en los préstamos con pago mediante cuotas, podrá optar por suspender parcialmente el pago de capital y/o intereses hasta el 28 de abril de 2026.

En ambas medidas de suspensión, se amplía el plazo del contrato durante el mismo periodo de duración de la moratoria, sin costes adicionales, excepto los resultantes de las variaciones del tipo de interés.

Los intereses se capitalizarán sobre el importe del préstamo en función del momento en que sea pagadero al tipo del contrato vigente.

No se cobran comisiones ni cargos por el estudio o la adhesión a la moratoria.

 

¿Cómo se solicita?

  1. Contacte con su Gestor BBVA a través de los canales habituales.
  2. Cumplimente la declaración de adhesión —puede hacerse de forma electrónica y firmarse según los requerimientos de la entidad—.
    La declaración de adhesión para clientes particulares se puede obtener aquí y para empresas aquí.
  3. Envíe también los documentos que acrediten su situación fiscal y contributiva.

¿Cuándo recibiré una respuesta?

Nuestro compromiso es estudiar su solicitud rápidamente:

  • Hasta 5 días hábiles: Confirmamos la activación de la moratoria (que tendrá efecto retroactivo a 28 de enero de 2026).
  • Hasta 3 días hábiles: Nos pondremos en contacto con usted si su solicitud no cumple con los criterios necesarios.

Si en el plazo de 5 días hábiles no recibe ninguna respuesta de BBVA, la moratoria se considerará automáticamente implementada.

Consulte aquí más información sobre las condiciones de la moratoria.

Hable con su Gestor a través de los canales habituales para resolver todas sus dudas.